martes, 11 de diciembre de 2018

Objeciones fundamentadas al Estudio de Impacto Ambiental del megaemprendimiento Nueva Costa del Plata en las riberas de Avellaneda y Quilmes

COMPARTIMOS A CONTINUACIÓN LAS DIFERENTES OBJECCIONES AL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.


I - En primer lugar, no podemos dejar de mencionar que el EsIA del Proyecto Nueva Costa del Plata se basa en una Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, bastante cuestionada por presentar un mapa que no refleja la realidad de las masas boscosas existentes en la provincia, y que por ese y otros motivos fue judicializada (ver mapas adjuntos)

 

 
II - Que según el EsIA citando la Ley 14.888 de Ordenamiento Territorial de Bosque Nativo (OTBN) no se afectará a las áreas marcadas como de alto nivel de conservación. Sin embargo el desarrollo inmobiliario del proyecto afectaría radicalmente a los humedales, que son los ecosistemas asociados a este bosque, y por lo tanto sí afectaría al bosque mismo. Por otro lado los bosques en los que se emplazaría el proyecto y que según la ley 14.888 están categorizados como Categoría III, Verde, Menor Valor de Conservación, fueron también relevados en otros estudios realizados por biólogos de la Universidad de la Plata y La Universidad de Buenos Aires (Cabanillas et al 2016), llegando a la conclusión de que lo más cercano a la realidad de las masas boscosas existentes sería categorizarlos mayoritariamente como Categoría I, Rojo, Máximo Valor de Conservación. Dicho estudio presenta una metodología de trabajo replicable, y el material muestreado se encuentra depositado en el Herbario del Museo de La Plata y el Herbario del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, además de encontrarse publicado en Historia Natural, Revista de la Fundación de Historia Natural Félix de Azara, revista científica de acceso público, con lo cual el documento se encuentra disponible para quien lo requiera. (Cabanillas et al 2016), link de acceso al documento:
http://www.fundacionazara.org.ar/img/revista-historia-natural/tomo-11/historia-natural-2016-1-art-08.pdf)
Lo mismo se puede deducir del Estudio de Impacto Ambiental Ley 11.723, (ANEXO-Medio Biótico, donde en las tablas de DAP del Anexo IV) demuestra que la comunidad vegetal está compuesta predominantemente por especies nativas, destacando las poblaciones de Sauce Criollo y Ceibos. De la misma manera el informe realizado por Ambiente y Territorio, (Anexo 5 Estudio de Impacto Ambiental AyT, Capítulo IV LB Biológica), describe al bosque nativo como una comunidad única no diferenciada que abarca las zonas de reserva y parte de las zonas en las que se desarrollaría el proyecto inmobiliario, quedando fragmentada en 4 “Parques Naturales”. Es llamativo que los espacios verdes a conservar se dividan en 4 zonas, cuando en realidad son un solo corredor biológico en pleno desarrollo.
 
III - Está en riesgo el valor biológico de la zona al decapitar el suelo rellenando e imponiendo edificaciones que hacen de barreras artificiales, alterando la dinámica de los procesos ecológicos que hacen al bosque nativo ribereño y su ecosistema asociado que es el humedal costero.



IV - Como se aclara en los informes, todo el desarrollo de la obra y cualquier tipo de edificación necesitaría elevación de la cota del suelo a 4,88 metros de altura sobre el cero del riachuelo destruyendo en su totalidad así los humedales, afectando al ambiente y a la calidad de vida de toda la población, ya que el volumen de agua desalojado por los rellenos sería de 7235371,04 m3. Es sabido que el relleno de las zonas bajas provoca inundaciones en las barrios aledaños. Esto ha quedado demostrado varias veces ya, con las inundaciones en Luján y La Plata, por ejemplo, ver nota:
https://elpais.com/internacional/2015/08/12/actualidad/1439406022_024603.html
Lo publicado en periódicos en diferentes años se fundamenta con el estudio científico:https://www.academia.edu/23766998/Paisajes_que_ya_no_serán._Acumulación_por_desposesión_e_hibridación_pseudo-urbana_de_humedales_en_la_cuenca_baja_del_río_Luján_Argentina?


V - Además, para la construcción del terraplenado se planea rellenar con materiales provenientes de demolición, básicamente convirtiendo al área en un basural de residuos áridos. Citando al Capítulo VI Plan de Manejo Ambiental y Monitoreo, del Estudio de impacto ambiental de Ambiente y Territorio:
“Etapa de admisión del material (...) Interesa tanto a los materiales gruesos cuyo tamaño es el de la guija o quijarro, procedentes esencialmente de demoliciones y a los finos o agregados de textura limo a limo arcillosa extraídos a cielo abierto o lo que comúnmente se conoce como canteras aportados por la Formación Pampeana.
En caso de aceptación en los términos del apartado inmediato anterior, el responsable del manejo del material emitirá una certificación que involucre a la partida y el lugar de origen de la misma, como así también el volumen involucrado.
Proveedores del material de demolición.
El responsable de autorizar el ingreso del material de demolición que se empleará para la cobertura del predio en los sectores donde se construirán los terraplenes deberá tener un listado de todos los proveedores de la región. Deberá evaluar la gestión que cada uno de los proveedores efectúa sobre los materiales que recibe para su posterior comercialización.(...)” O sea que la gestión de los materiales de relleno queda a cargo de los proveedores (llámese empresas de volquetes, empresas de demolición, municipios). En la DIA de Avellaneda se desaconseja el uso de materiales de demolición. Y no es garantía que se reserve el horizonte O para la mitigación del impacto que genera este movimiento, ya que difícilmente ese material pueda conservar sus propiedades físicas, químicas y biológicas. Muchas especies y comunidades se eliminarán por completo.



VI - Por otro lado, el proyecto Nueva Costa del Plata (NCDP) se instalaría al lado de un relleno sanitario (CEAMSE) que estuvo activo desde 1978 hasta el año 2004, acumulando 48 millones de toneladas de basura durante sus 26 años de funcionamiento, y del que aún siguen drenando jugos lixiviados y gases contaminantes, como cita el Anexo A de la DIA de Avellaneda.

VII - Denunciamos concretamente una falta a la verdad cuando en estos Estudios se define al impacto de varias de sus actividades como “levemente negativo y transitorio”.
El relleno de los humedales para la construcción implica movimiento de suelo y para ello entrada y salida de maquinaria y camiones que van a estar trabajando para este fin durante dos años. Luego se continuará con la construcción que según este EsIA terminaría en el 2029 con un impacto transitorio que no está medido. Por eso es indispensable no se realice ningún movimiento del suelo para que no se vea afectado el ecosistema de Bosque Nativo Ribereño ya que es un filtro natural constante de las contaminaciones hasta aquí nombradas.


VIII - La EIA es del 2008 y la mayoría de los estudios como los de calidad de agua son de ese momento y no están actualizados al 2018, y otros no están hechos in situ. Lo confirma este capítulo en la carpeta 14888:
IV. SITUACIÓN ACTUAL Y TENDENCIAL DEL ÁREA DE IMPLANTACIÓN DEL PROYECTO
IV.1 Medio Natural
La información que se brinda a continuación, ha sido extraída textualmente de los distintos estudios realizados con anterioridad, mencionados y referenciados como Anexos en el Capítulo I - Introducción del presente Estudio de Impacto Ambiental y que constituyen la fuente de información indicada al pie de cada bloque de cita, a las cuales se podrá recurrir a fin de ampliar descripciones y datos.



IX - ESPACIO VERDE EN LA CIUDAD
La O.M.S. declara que se necesita de 10 a 15 metros cuadrados de espacio verde por habitante. En Quilmes y Avellaneda hay un 92% de déficit de espacio verde, lo que significa un espacio de 50x50cm de espacio verde por persona en Quilmes y de 40x40cm en Avellaneda.
Dice el EsIA_Ley 14888, cap V.4 Morfología Propuesta:
“El Proyecto, propone un bajo factor de ocupación, con una alta densidad de edificación. (...) El Proyecto en análisis propone la edificación de 1.482.658 m² en una superficie de predio aproximada de 229 Ha, lo que resulta en un factor de ocupación total de 0,65. A modo de ejemplo comparable, se puede citar que en el año 2001, la base de datos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, registraba para el Barrio de Mataderos una superficie edificada de 4.366.908m² sobre una superficie de 7.401.152m², es decir, un factor de ocupación total de 0,59.”
Es muy llamativo que intenten fundamentar con algo imposible de demostrar. Mayor capacidad de ocupación en menor superficie edificable no significa que sea sustentable ni amigable con el ambiente ni saludable. De todas formas con la implantación de este proyecto el déficit de espacios verdes en los distritos mencionados de acrecentará. Ya que ni las plazas públicas ni los boulevares arbolados, ni siquiera con la Eco área natural de Avellaneda recientemente inaugurada, se llega a cubrir esta demanda. Y cabe aclarar, que un parque artificial no es lo mismo que una Reserva Natural de Bosque Nativo y humedales con un ecosistema ya instalado y en pleno desarrollo.


X- La empresa desarrolladora se va a desligar de responsabilidades una vez que haya hecho el negociado por el valor del m2 de terreno.


V.1 Modelo de desarrollo
El titular del Proyecto, INURBAN S.A., tendrá a su cargo el desarrollo del Máster Plan en su etapa inicial. De tal forma ejecutará las infraestructuras de servicios de red, vialidades y la construcción de espacios públicos. Esta etapa se ejecutará en avances por subetapas en distintos sectores según se describe en el capítulo correspondiente ("Plan de Obra, Inversión, y Evolución de la Población"). Simultáneamente INURBAN S.A. acordará con los municipios los alcances para la gestión del Proyecto y administración del mismo, que aseguren una gestión sustentable de las actividades referidas a la construcción de edificios, mantenimientos de vialidades, bosques, espacios públicos y seguridad entre otros. En este proceso INURBAN S.A., ofrecerá en venta las parcelas construibles a los desarrolladores interesados en la operatoria para que realicen las obras y procedan a su comercialización. (123)
ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Proyecto Nueva Costa Del Plata Avellaneda - Quilmes
Una vez construidas las infraestructuras de servicios de red, las vialidades y los espacios públicos, estos serán cedidos al municipio correspondiente o a la empresa prestataria del servicio de red según corresponda.

Están diciendo con ésto que la gestión de espacios públicos y servicios una vez terminada la obra inicial, quedaría a cargo y responsabilidad de los municipios. O sea, los Estados locales han cedido el territorio, han habilitado el desarrollo de un negociado enormemente rentable para los desarrolladores, y ¿van a hacerse cargo del manejo después? ¿Cuál es el beneficio real, entonces, para los municipios locales? La herencia de un territorio sometido a una antropización de gran intensidad que va a necesitar un gran gasto de recurso! No parece un buen negocio para las administraciones locales, que podrían sacar provecho de la situación actual de la costa en cuestión, que sí está dando un servicio ambiental concreto y sin costo monetario. La Autoridad de aplicación debe tener ésto en cuenta a la hora de dar un veredicto sobre los EsIA que presenta la empresa interesada en hacer el negociado. 





























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